En este post contaba como a un amigo le habían dado de baja un par de dominios, de prepo y por medio de un trámite del que solo se enteró cuando recibió el aviso de finalizado.
En un nuevo mail recibido de Nic.ar, sin firma ni identificación como en el caso de la domain killer Mariel, le informaban que el trámite de baja había sido iniciado por error y que serían dejados sin efecto.
Sin embargo, y en una nueva muestra de prepotencia, le llega otro mail, firmado por BMN y que dice:
Por medio de la presente le informamos que sus solicitudes serán revocadas porque la denominación que solicitó registrar y que fue otorgada por error, es la transcripción literal del topónimo en idioma inglés de una parte integrante del territorio argentino, perteneciente a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, cuyo nombre oficial en castellano es “Islas Malvinas”.
Cabe agregar que dicho topónimo se encuentra indisolublemente relacionado con la ocupación ilegítima de las Islas Malvinas por parte de Gran Bretaña.
Nic Argentina
BMN
Si vamos a la letra fría de la reglamentación, tenemos el art. 15 que dice:
NIC Argentina podrá revocar el registro de un nombre de dominio cuando, por razones técnicas o de servicio ello sea conveniente, notificando electrónicamente al registrante. En el caso de que la revocación se realice por orden judicial, será efectivizada en el plazo que en la misma se establezca.
y el art. 7 que expresa:
Las denominaciones que contengan las palabras, letras, o nombres distintivos que usen o deban usar la Nación, las provincias y los municipios, sólo podrán ser registradas por las entidades públicas que correspondan. Las denominaciones bajo “GOV.AR” sólo se registrarán cuando identifiquen a dependencias estatales, sean éstas de carácter nacional, provincial o municipal, no pudiendo utilizarse para identificar a entidades que no pertenezcan a los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial.
En definitiva, no se observa impedimento técnico ni de servicio y el nombre distintivo tampoco estaría en juego, dado que si existen registros .com.ar de topónimos como paranariver, riverplate, goodairs, landoffire y muy probablemente, varios mas que se puedan ir encontrando registrados a nombre de particulares.
Podemos suponer que impedir el registro del nombre falkland o falklands puede representar, para la Cancillería, una cuestión estratégica. Y está bien que así lo sea.
Pero, ¿que carajo le cuesta a la gente de Nic.ar ser tan amables de decirlo de esa manera?
Por favor, vuelvan a leer el mensaje y verán que solo dan una explicación respecto al nombre, “porque la denominación …. es la transcripción literal del topónimo en idioma inglés de una parte integrante del territorio argentino”, lo cual se invalida con los ejemplos antieriores, pero no sobre bajo que reglamentación o decisión de la Cancillería eso no se puede hacer.
PD: ambos dominios se encuentran nuevamente disponibles para ser registrados, lo que demuestra que Nic.ar todavía tiene situaciones que no es capaz de manejar en forma automática, como la de impedir el registro de dos dominios.
Y pretenden darnos mail y web gratis para todos 😛
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