ley antitabaco

Hoy pude ubicar el texto del proyecto de ley antitabaco presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación.
Pueden verlo AQUI

Desde ya, anticipo que algunos puntos serán bastante resistidos por las tabacaleras, como el art. 8, donde el Estado puede requerir a las empresas la emisión de mensajes contrarios al consumo de tabaco, sin costo para el gobierno. Esto me recuerda a la “ley espía”, donde quisieron que los ISPs afrontaran todo el gasto de observar y guardar las comunicaciones de sus clientes.
Otro, el art. 9, también le permite solicitar a las tabacaleras “que divulguen sus gastos de publicidad y promoción”.
Finalmente, el tema de las sanciones y multas es tan inespecífico que sospecho va a traer muchos de los problemas que comenté en la nota La dictadura de los sanos

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29 comentarios

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    • Miriam el 1 de septiembre de 2005 a las 20:24

    😀 Gracias a vos puedo hacerme del cuerpo de la ley. Todavía no está en los quioscos clásicos. Me sorprendió gratamente tu blog, así que aquí te va mi agradecimiento.

    • Javier el 1 de septiembre de 2005 a las 20:56
      Autor

    Miriam:
    Gracias por tu comentario.
    Normalmente, en http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dip/ publican los proyectos de ley ingresados y algunos documentos interesantes que son hechos para uso de los diputados, como la recopilación de legislación europea sobre el aborto y varias cosas mas.
    Muchas veces se encuentran las cosas más rápido ahi que usando el monstruoso (por lo feo, no por lo grande) buscador que se ofrece en la página del Congreso.
    Saludos

    • YOLY el 31 de mayo de 2006 a las 11:22

    😆
    Hace bastante tiempo estoy buscando el texto de la Ley Antitabaco, y gracias a esta pagina puedo acceder a ella. Lo que necesito, y muy urgente, es el nº de la Ley y en que Boletin Oficial se publico.
    Trabajo en un Consejo Deliberante de la Pcia. de Bs.As. y queremos presentar un proyecto para aplicar la ley de PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES CERRADOS agradecere si pueden contestarme estas inquietudes. Gracias YOLY

    • Javier el 31 de mayo de 2006 a las 11:54
      Autor

    Yoly:
    El sitio de consulta por excelencia es http://www.infoleg.gov.ar/
    Lo que yo encontré, fue la resolución que prohibe fumar en el Ministerio de Salud, http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=108240 y en la Comisión Nacional del Trasporte, http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=115104.
    Pero sobre la ley en si misma, parece que aun no ha sido promulgada. O al menos, yo no pude encontrarla.

    • Asombrado el 10 de agosto de 2006 a las 21:17

    Como fumador, me parece excelente esta iniciativa, siendo que en general respeto al no fumador. Si voy a una casa que se positivamente que no son fumadores, me abstengo de hacerlo, por ejemplo.
    Lo interesante del caso sería ver una ley parecida a todos aquellos que diariamente expelen gases hidrocarburos, nocivos, venenosos y cancerígenos, con sus vehículos de motor a explosión mediante la conbustion de nafta o gas-oil. Sería interesante habilitar una parte de la ciudad para la circulacion de vehículos y otra en donde los automóviles directamente estén prohibidos (o bien que en toda la ciudad no cirvule ninguno, ni se hagan publicidades públicas de automotores) incluso que los vehículos porten un cartel en lñetras de molde color negro o rojo diciendo “LA UTILIZACIÓN DE ESTA UNIDAD AUTOMOTOR ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD”
    Según debe entenderse, la ley debe ser por igual para todos

    • Javier el 10 de agosto de 2006 a las 22:05
      Autor

    Asombrado:
    Me has dejado IDEM. Muy buen punto el tuyo.
    Podría extenderse a las papeleras, las industrias quimicas, carteles en el riachuelo, en cada canilla de agua contaminada, en los trasformadores con PCB ………., ufffff, negoción para los fabricantes de carteles 😉

    • Diego el 18 de agosto de 2006 a las 17:11

    me meti en google y me salto este blog donde encontre el cuerpo de la ley anti tabaco. Una consulta, alguien sabe cuando se reglamenta?, es decir, cuando es que en Argentina regira al mismo tiempo esta ley?, o ya esta pasando y no me di cuenta?.
    Gracias!

    • Javier el 18 de agosto de 2006 a las 17:45
      Autor

    Hasta el momento, que yo sepa, no ha sido ni tratada en el Congreso.
    Para que tengas una lista de leyes, decretos y resoluciones gubernamentales sobre el tabaco:
    http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/mostrarBusquedaNormas.do
    y donde dice texto ponés tabaco y buscar.

    • Altuna Gerardo el 29 de septiembre de 2006 a las 10:14

    digo yo!! porque no dejamos de hacer cosas para recaudar y ponemos fin a las tabacaleras, esta es solo una maniobra para proteger a la gente y para recaudar fondo. ahora el gobierno porque no prohibe la venta de cigarrillos!!!! directamente mas facil y mas sencillo. ya se el gobierno recauda un porcentaje altisimo por los puchos entonces sigue permitiendo la vente del puchito y recauda con las multas. son unos vivos barbarosssssss!!!!!

    • Javier el 29 de septiembre de 2006 a las 16:08
      Autor

    jejeje, parece que estás empezando a entender como funciona este mundo.

    • Sebastián el 2 de octubre de 2006 a las 13:28

    Sumo mi adhesión a los cuestionadores de la ley antitabaco. Si bien no dejo de reconocer que el fumar es perjudicial para la salud del que fuma y de los que están a su alrededor, considero que a los “dictadores de la salud” se les está yendo la mano. Cabe traer acá un principio que enarbolan los cultores de una industrialización responsable -que respete los principios del “desarrollo sustentable”, aquel que garantiza la preservación del medio ambiente para futuras generaciones-. Dice así: “contaminación cero = industria cero”. Esta idea es parte del discurso de los ecologistas no fundamentalistas que llaman la atención acerca de la intensidad de los reclamos de organizaciones del estilo de Green Peace sobre los proyectos industriales del sur del hemisferio en contraposición con el silencio que estas mismas organizaciones guardan acerca de los procesos industriales del norte. Cuestión que suele encontrar pronta explicación a poco de investigar qué empresas financian estas organizaciones del ecologismo tuerto. Siempre está el interés económico detrás y, seguramente, este antitabaquismo furibundo -pero que se queda a mitad de camino porque no prohíbe la producción- no es ajeno. Considero prudente investigar esta veta de la cuestión antes emitir juicios terminantes.

    Una sociedad tolerante y cómplice (¿acaso no está lleno de no fumadores que lucran con el negocio de la industria del tabaco, desde su fabricación, venta, publicidad, distribución, participacíón en eventos, fabricación y venta de ceniceros, encendedores, fundas y demás accesorios vinculados con el tabaco, etc.) no puede, de la noche a la mañana, engengrar prohibiciones tales que ni siquieran permintan la instalación de locales exclusivos para fumadores que quieren fumar cómodamente, acompañados de una bebida, o lo que fuere -no hay por qué dar explicaciones acerca de todo lo que hacen los fumadores mientras fuman-.

    Bueno, en otro momento sumaré nuevas reflexiones. El tema da para más pues acá está en juego, no lo duden, la cuestión del placer y su satanización por parte de los seguidores de la secta corrupta y criminal con sede central en el Vaticano. Desde mi punto de vista, poner en riesgo la salud por placer, no es una actitud condenable, todo lo contrario

    • Sebastián el 2 de octubre de 2006 a las 16:37

    BREVE ANÁLISIS DE LA “LEY DE CONTROL DEL TABACO”:

    Se trata de la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 1.799, sancionada el 29/09/2005, promulgada mediante Decreto CABA Nº 1672 del 02/11/2005 y publicada en el Boletín Oficial de la CABA el 08/11/2005.

    Por lo visto, se trata de una ley del año 2005, que entró en vigencia para el sector publico el 01/03/2006 y que recién lo hizo para el sector privado el 01/10/2006 (tal como lo establece su artículo Nº 35.

    La norma en cuestión deja algún resquicio para los fumadores que poseen cargos altos y se desempeñan en la función pública o privada… ¿privilegios?… ¿en la Argentina?… nooo… ¡qué mal pensados!

    En efecto, dice en su artículo 2º, que “Se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso público del ámbito publico de la Ciudad Autónoma y del ámbito privado que determine la presente ley”. De manera que la prohibición rige para espacios “…cerrados de acceso público…” pero no para los espacios cerrados a los que no acceda el público, como ser despachos y oficinas privadas. En el Poder Judicial, por ejemplo, no se podrá fumar en pasillos, baños, mesas de entradas y demás lugares comunes de acceso público, pero los jueces , secretarios, directores, etc. podrán fumar dentro de sus despachos pues el público no tiene acceso a ellos. Lo mismo ocurrirá con la oficina de un gerente o un director de empresas.

    Esta interpretación encuentra sustento en otras disposiciones de la norma en las que se observan previsiones semejantes. Por ejemplo, en el art. 12 establece que “En los ámbitos públicos y privados de atención al público será obligatoria la existencia de un libro de quejas, reclamos y sugerencias…”. De lo que se deduce que los ámbitos que no posean atención al público no requieren del libro… sensillamente, porque no está prohibido fumar allí. De modo que ¡a defenderse muchachos!, quienes trabajan en lugares o áreas en las que no se atiende al público ejerzan su derecho a poder fumar.

    Otras excepciones a la prohibición son las previstas en el artículo 20:

    a. Los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público.
    b. Los clubes para fumadores de tabaco y las tabaquerías con áreas especiales para degustación. En tales casos se deberá contar con un sistema de purificación del aire y ventilación que resulte suficiente para impedir la propagación de los efectos nocivos provocados por la combustión del tabaco y minimizar su impacto sobre los empleados de los mismos.
    c. Centros de salud mental y centros de detención de naturaleza penal o contravencional.
    d. Salas de fiestas, cuando éstas sean utilizadas para eventos de carácter privado.

    También se admite la instalación de zonas específicas para fumar (art. 21) en:

    a. Salas de fiestas o de uso público en general en las que no se permitan la entrada a menores de dieciocho (18) años.
    b. Locales de baile clase A, B y C, o las que en el futuro los reemplacen, en los que no se permita la entrada a personas menores de dieciocho (18) años.
    c. Restaurantes, bares, confiterías y casas de lunch que tengan una superficie útil igual o superior a cien metros cuadrados destinada a la atención al público, de los que podrán destinar como máximo el 30% para las personas fumadoras.
    d. Shopping o paseo de compras cerrados.

    Cabe aclarar algo con respecto al inc. c del artículo 21 (restaurantes). El otro día el dueño de un bodegón español de la zona de Retiro me dijo que tenía 120 mts. y que, por ende, no se justificaba hacer una obra de aislamiento y ventilación por tan sólo 20 mts. Ello es incorrecto, la norma no refiere a la superficie excedente de los 100 mts., sino que: aquellos que tengan una superficie mayor de 100 mts., podrán destinar hasta el 30% que, en el ejemplo dado, alcanza una superficie de 40 mts. y no de 20 mts. Visto de otro punto de vista, esta última regulación es otro elemento más que abona la teoría de la “dictadura de los sanos” pues si tengo un bar de 500 mts. no puedo destinar 400 mts. al sector fumadores sino sólo el 30%, esto es: 150mts.

    CONCLUSIÓN:

    – dado que el fumar no está prohibido en sí mismo, toda vez que no está prohibida la producción de cigarrillos, cigarros y demás, asi como tampoco lo está su venta y publicidad, pues esta última sólo posee restricciones, y

    – dado que está reconocido que el tabaquismo es una enfermedad y que, por ende, los fumadores debemos ser tratados como tales y no como criminales y

    – dado que en la medida que no perjudiquemos a otros estamos constitucionalmente habilitados para injerir determinadas sustancias dañosas como, en el caso que nos ocupa, el humo de cigarros, cigarrillos y pipas,

    informo a ustedes que están en condiciones de hacer valer, en sus lugares de trabajo, su derecho a fumar sin violar la ley. Que quede claro esto: no está prohibido fumar, sólo está prohibido violar la ley, que es algo muy diferente. De manera que si no les permiten fumar en lugares cerrados a los que no acceda el público, si el edificio no posee lugares al aire libre o si no les permiten salir a la calle a fumar con una razonable frecuencia, llamen a su representante sindical amigo o, en su defecto, a un abogado lúcido que les redacte una carta documento como la gente.

    • Javier el 3 de octubre de 2006 a las 17:46
      Autor

    Sebastian:
    Ya podrías ir pensando en armarte un blog, no te parece?

    • maria el 3 de octubre de 2006 a las 19:44

    Sumo mi adhesión a quienes cuestionan esta ley y estoy plenamente de acuerdo con quienes sostienen que la ley debe ser pareja para todos. A nadie se le ocurriría prohibir la circulación de vehículos automotores o alguna otra norma por el estilo. Sin embargo, también es pensable una disposición que permitiera la existencia de bares y restaurantes para fumadores, asi como la implementación obligatoria de espacios para fumadores en lugares públicos, a fin de respetar tanto los derechos de unos como los de los otros.

    • Sebastián el 4 de octubre de 2006 a las 13:58

    Javier, no tengo idea cómo se hace para armar un blog y, últimamente, no ando con tienpo para dedicarle a aprender cómo hacerlo y, luego, a mantenerlo. Soy funcionario judicial y hace tiempo que tengo ganas de armar un diario on line que trate temas controvertidos como ser el maltrato laboral en la administración pública, el gremialismo, la despenalización de la tenencia para consumo de drogas que producen placer, la separción de la iglesia del Estado, etc., desde el punto de vista de quienes no conculcamos con el conservadurismo reaccionario imperante en nuestra cristiana sociedad y, especialmente, en el Poder Judicial. Algún día lo haré. De todos modos, gracias por la sugerencia.

    • Javier el 4 de octubre de 2006 a las 14:08
      Autor

    Sebastián:
    Te comenté lo del blog porque se te nota un buen estilo para la escritura, y en vista de tu último comentario, también tenés tema de sobra para escribir.
    Pegate una pasadita por http://www.blogger.com o por http://www.wordpress.com y en unos pocos pasos vas a tener un blog armado.
    Si después ves que el sitio lo amerita, podrás irte a un servicio pago con mas chiches.
    El contenido, es solo buscar el rato para sentarse a plasmar los pensamientos.
    Ah, y avisar a los conocidos para que te vayan linkeando 😉

    • Pantera Rosa el 5 de octubre de 2006 a las 19:36

    Creo que el problema no pasa por la protección de la salud ante la emanación de gases tóxicos (no se prohiben legalmente otras situaciones que contaminan igualmente en aire, como el uso de transportes automotores o el funcionamiento de industrias químicas), ni por el humo que se genera (a nadie se le ocurriría prohibir el uso de sahumerios). La nueva ley apunta directamente a una sanción moral para quienes son considerados ?adictos?. Y esto es discriminación, es imponer las normas de un grupo que piensa de una determinada manera a otro que piensa distinto. ¿A nadie se le ocurrió exigir la colocación de equipos extractores de aire como medida posible? Porque el aire de un local cerrado se vicia por muchos motivos, más allá del cigarrillo. Y, sin embargo, la falta de extractores no parece afectar a la moral y las buenas costumbres, mientras que el humo de cigarrillo sí lo hace. No caigamos en el facilismo de repetir que es una medida destinada a la salud; muy por el contrario, la salud en una sociedad se construye en base a la tolerancia y al respeto por la diferencia. Sin embargo esta ley estimula la intolerancia y la sanción a todo aquel que decida vivir de otra manera. Otra solución posible sería la existencia de locales para uso exclusivo de fumadores; pero esto siquiera se contempla…

    • Agus el 18 de octubre de 2006 a las 17:13

    Buenas, yo justo buscaba info sobre la ley, porque en la facu hicimos un debate sobre la Ley, y entre esas cosas surgio el tema de la Salud Infantil, y los beneficios que esta ley trae aparejada para con ellos, lo cual no es un tema menor… me di cuenta que no parece ser una prioridad…La idea es disminuir el consumo, prohibirlo? Se habla mucho en las campañas sobre el impacto económico y de salud que el tabaquismo tiene, pero vamos..seamos sinceros..esa plata no está..los hospítales, gracias si tiene plata para sacar radiografías y hacer unos cuantos análisis, y de repente, se gastan miles de miles de miles de pesos en salud??
    Hasta donde tenemos que llegar??? “El fumar es perjudicial para la Salud”, todos lo sabemos, pero sigue siendo una elección, una forma de vida o de muerte, depende de que lado lo veamos, pero sigue siendo una elección.
    Me pareció muy bueno todo lo que leí, en especial lo que Sebastián escribió (amerita blog!!!), pero me llamo mucho la atención el tema de las “excepciones” al artículo 20, que loko eso…pero haciendo caso del refrán, “toda regla tiene su excepción, no? Ahora..por qué estas excepciones no son conocidas por el público?, por qué sólo la conocen aquellos que están cara a cara con ese documento?
    Me parece que esta ley es una caradurez, se aplica a medias y sólo para algunos…como todo en este país.
    saludos,

    • Javier el 18 de octubre de 2006 a las 20:28
      Autor

    Agus:
    Como siempre, en nuestro pais las cosas siempre se hacen a medias, para zafar o porque de alguna manera hay que tener presencia en los medios para que se hable de algo.
    Como siempre lo dije, el respeto a los derechos debe ser equilibrado.
    El derecho a respirar un aire libre de humo de tabaco (ya que del resto de humos cancerígenos y contaminantes parecen haberse olvidado nuestros legisladores) no puede implicar la persecusión de los fumadores por el solo hecho de pertenecer a tal condición.
    Recordemos que la Constitución Nacional establece, en su art. 19 que “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.”
    Podemos considerar, en principio, que si el tabaco es vendido legalmente a cualquier persona mayor de 18 años de edad, ni el tabaco ni el acto de fumar ofenden el orden ni la moral pública.
    Por el otro lado, el fumar sin perjudicar a un tercero está exento de la autoridad de los magistrados.
    Alguien podría decir, por citar solo un ejemplo, que el masoquismo es una actividad que implica que una persona perjudique físicamente a otra, sin embargo, dicho perjuicio es aceptado en forma implícita o explícita en el acto mismo de sometimiento a voluntad.
    Esto podría acercarnos al concepto que una reunión de fumadores implica la aceptación del perjuicio por parte de los participantes, pero la ley, a mi modesto entender, se extralimita y discrimina cuando establece que un bar no puede tener como objetivo captar al público fumador, sino que solo puede otorgarle hasta un 30% de su superficie.
    El concepto de la protección de los derechos del trabajador es interesante, pero no se aprecia el mismo ahinco protector en el resto de las tareas de riesgo que se conocen.
    También es llamativa la excepción a los centros de salud mental y de detención de naturaleza penal.
    ¿Acaso los locos y los presos no son dignos de ser protegidos en su salud pulmonar?
    ¿No deberían, por ejemplo, asignar el 30% de los pabellones de detención para los detenidos-fumadores?
    Obviamente, tanto los enfermos mentales como los detenidos no van a entender asi porque si esta situación, aunque por motivos diferentes, pero de alguna manera, quienes escriben estas leyes saben como protegerse de las situaciones comprometidas.
    Y de paso, nos dejan la posibilidad de marcarles que son unos hipócritas ignorantes, que GOZAN de los beneficios que les brinda la función sin demostrar ni siquiera estar suficientemente capacitados para ejercerla.
    Igual, tienen una respuesta a mano. Los que los votamos somos nosotros 😕

    • Esteban el 1 de noviembre de 2006 a las 21:34

    Adhiero a lo que se dice en este blog. Hace meses que me rompo la cabeza pensando como puede haberse caido en semejante absurdo, ademas amparado en encuestas dudosas donde supuestamente todos estan de acuerdo. Evidentemente aca hay negocio.
    Si yo quiero o no, dejar de fumar, es una desicion personal, quizas algun dia me interese, pero es independiente de la ley. Desde que entro en vigencia la ley antitabaco, se termino la costumbre del cafecito y el cigarrillo. Y he dejado el cafe, que me di cuenta de lo mal que me hacia.
    Yo no soy un especialista, pero por favor, me parece bien que se debata la cuestion de lo que significa “espacio publico”.
    Lo que se denomina por igual para la ley con la palabra “bar”, incluye ambitos de perfil muy distinto, actividades muy distintas encuadrados bajo la misma palabra. Tranquilamente podrian plantearse lugares, horarios de distencion donde se pueda fumar, y el que no le venga bien que no vaya. Y no confinar a los fumadores a reunirse en la “clandestinidad” de lo privado.
    En la actualidad conozco un pub con una zona para fumadores al fondo. Casi todo el mundo esta concentrado alli, aun los no fumadores, y el resto queda casi vacio. ¿Como se puede pretender que la gente no matice su cerveza o trago con un cigarrillo?

    Siempre he sido muy respetuoso con la gente a la que le molesta el humo del cigarrillo. No es justo.

    Con respecto a la salud de los trabajadores en el caso de los bares: yo he trabajado en lugares donde era imprescindible por motivos tecnicos el aire acondicionado, que particularmente me hace mucho mal, y me tuve que ir. No se puede decir que el trabajador no elige estar en un ambito de fumadores, porque cada trabajo tiene sus riesgos y particularidades. Y el que elige un determinado trabajo, es porque tiene afinidad con el. Se que lo que digo no parece tecnicamente valido en lo judicial, pero por favor, algun especialista que pueda decirlo como corresponde. Cuenten conmigo, aunque yo mismo decida dejar de fumar, seguire en contra del totalitarismo.

    • Dragón el 2 de noviembre de 2006 a las 19:07

    Me encanta, ahora resulta que se discrimina a los que fuman…. ¿se olvidan de los años en los que no les importaba si al de al lado le molestaba el humo?, yo, como no fumador, tuve que bancarme muchos años sin poder disfrutar una cena, ir a bailar, ir a un bar etc. etc. por tener que convivir con el humo del cigarrillo. ¿Los lugares para no fumadores?, una burla, separado del resto por un cartel ¿acaso el humo sabe leer?, sin embargo nadie opinó al respecto.
    Claro, la elección es de cada uno…. salvo que esa “elección de vida o muerte” involucra a terceros… entonces ¿si yo elijo ir a 200 km / h por una calle está bien porque es mi elección?, yo creo que no… está en juego más que mi vida en ese tipo de elecciones, acuérdense que la libertad de uno termina donde comienza la del otro….
    Particularmente, pasé muchos años, como dije, sin disfrutar de ir a bailar porque realmente me ahogo con el humo de los que disfrutan de ese vicio, lamento que se me haya pasado el tiempo y no haber podido disfrutar, eso si es libertad ehhhh, me alegro por los que deciden por sus vidas pero lamento que me involucren y condicionen.
    Por otro lado, no entiendo la gente que dice (como en este caso Esteban) …. “Desde que entro en vigencia la ley antitabaco, se termino la costumbre del cafecito y el cigarrillo. Y he dejado el cafe, que me di cuenta de lo mal que me hacia…. sin palabras… obviamente la ley te hizo mejor de lo que suponés, porque si la bendita costumbre del café y el cigarrillo no te hacía bien…. que mejor que no tenerlo como forma de vida…. en fin, cada uno sabe como cuidarse lo unico que pido es que me dejen hacerlo……. y esto no es ser totalitario, es ser consciente.

    • Javier el 2 de noviembre de 2006 a las 19:51
      Autor

    Dragón:
    Supongo que no habrás leido mi nota titulada “la dictadura de los sanos”. Te recomiendo leerla, al menos, para que conozcas mi opinión al respecto.
    Hay cosas que si son totalitarias. Y, obviamente, que te dejen cuidarte no es una de ellas.
    El totalitarismo se ve cuando se confunden las cosas para sotener una posición.
    Como por ejemplo, ir a 200 Km/h por una calle.
    ¿Acaso no te consta que se puede ir a 200 Km/h EN UN AUTODROMO?
    ¿Hay riesgos? SI
    ¿Hay muchas personas en riesgo? SI
    ¿Prohiben entonces las carreras? NO.
    Lo que hacen es tratar de dar la mayor seguridad posible tanto a los corredores como a los espectadores.
    Si trasladamos esto al fumar, se puede ver que no es necesario aplicar una política drástica, ni apelar al perjuicio económico de un comerciante para hacer cumplir la ley.

    • Esteban de Rio Gallegos el 10 de noviembre de 2006 a las 9:16

    Gracias a Dios, hace seis años El me quito el cigarrillo, (tengo 58 años de edas) que compartia mis horas dia y noche desde los 13 años, asi es que algo fume. Me pregunto en esto de que sea el estado quien deba “cuidar” la salud de sus integrantes prohibiendoles fumar en lugares publicos, hace que los que padecen esta adiccion se encierren en sus hogares. Felicitaciones, dentro del hogar podes hacer que los NO FUMADORES se transformen en fumadores pasivos sin nadie que los cuide y entoces alli los formamos adictos y despues los mandamos a la calle para que no los dejen fumar. Tremenda la sabiduria de los legisladores.-

    • Dragón el 11 de noviembre de 2006 a las 11:37

    Javier, ok, hay un autódromo y tratan de brindar la mayor seguridad para todos…., ¿que seguridad/protección se puede brindar a los no fumadores?, no hay que olvidarse que lo que se está tratando de evitar es que siga en aumento las enfermedades y muertes a causa de la nicotina, ¿es una medida drástica?, si, lo es, ¿los Argentinos necesitamos medidas drásticas para que entendamos?, si, las necesitamos, y si no fijate que para que te pongas el cinturón de seguridad en el auto (que no es ni mas ni menos una protección a tu vida) te tienen que obligar por una ley ¿no es ridículo?, y así y todo no se usa… total… para qué…
    No hay nada que hacer, somos hijos del rigor… mirá, conozco gente que ahora están con el grito en el cielo porque no pueden ir a los bares y fumar, dicen que no van a ir más…, y te puedo asegurar que estando en Nueva York ni chistaban cuando entraban a lugares cerrados y no podían fumar, claro, cuando se va allá se respeta todo y todo está bien, si lo hacemos acá todo está mal… ¿nadie se acuerda cuando se podìa fumar en todos lados y de pronto sacaron una ley para prohibir en los medios de transporte, el cine, el teatro?, ¿dejaron de usarlos o de ir al cine?, no, es cuestión de costumbre.

    Esteban: El Estado TIENE LA OBLIGACION de cuidar la salud de la población, pero obvio, no puede meterse en sus cabezas para cambiarles adicciones, simplemente debe concientizar a la población. Seguro que el adicto, el fumador empedernido, lo hace en su casa a riesgo de sus hijos y demás, ahora y antes de la ley ¿o no?.

    • Javier el 11 de noviembre de 2006 a las 12:03
      Autor

    Dragón:
    Seguimos con lo mismo.
    No pongo en duda de ninguna manera ni el derecho de los no fumadores a que respiren un aire ¿puro? ni la potestad del Estado en el cuidado de la salud.
    Lo que digo es: ¿ES NECESARIO RESTRINGIR ALGUNOS DERECHOS PARA PROTEGER OTROS?
    Me explico.
    En el mundo se putea hasta el cansancio la eliminación, por parte de EEUU del derecho a la intimidad y la privacidad en pos de la seguridad “comunitaria”.
    Y en nuestro pais, le impedimos a un comerciante que pueda decidir si su negocio será exclusivo para no fumadores o para fumadores.
    También le impedimos determinar por prueba y error cuanto porcentaje de su negocio será para cada grupo. Ya se ven casos tan patéticos como bares con zonas separadas donde el lugar reservado para los no fumadores tiene sentados un par de clientes y en la parte de fumadores poco más de a dos por silla.

    El problema en si es que si nuestros legisladores sirvieran para lo que son elegidos, estas leyes se implementarían sin problemas y se lograría el objetivo de concientizar y ir cambiando las costumbres.
    Pero, dada su ineficacia, solo logran que una buena iniciativa se vea empañada por los detalles mínimos y que se transforme todo en una gran bola de discusiones.

    • macaco el 20 de junio de 2007 a las 17:06

    trollvayanse todos a la concha de su madre. Amo fumar cigarrillos si el pelotudo de xxxxx se hace el vivo lo espero en xxxxxxx y xxxxxx el dia 22/6 a las 5:30 hs. lo voy a re cagar a trompadas

    • andreastk el 13 de septiembre de 2010 a las 18:58

    Javier, le pegue una leida rapida a los comentarios pero creo que ninguno de ellos responde mi duda. La ley es de la Ciudad, por lo tanto no afecta a organismos nacionales como ser la UBA,el casino flotante o el hipodromo?? Es decir, si fumo adentro de la UBA por mas de que este ubicada en la Ciudad, la ley no se aplica dentro de la facultad? Espero una respuesta, gracias y buen blog!!

    • Javier el 13 de septiembre de 2010 a las 20:18
      Autor

    Andreastk:
    Fijate en el comentario de Sebastián ( http://blog.salinas.com.ar/2005/08/24/ley-antitabaco/#comment-10607 )
    La ley a la que hace referencia el post, que es nacional, realmente le he perdido el rastro, por lo que no se si fue finalmente aprobada o no.
    En el caso de que hubiera sido aprobada, ya no tendrías que determinar si se puede o no fumar en la UBA, porque ya tendrías resuelto el tema jurisdiccional y la ley de la Ciudad se podría dar por “adherida” al régimen nacional.
    Igual, si algún abogado lee esto y cree que estoy equivocado, que me corrija.
    Otro tema que también sería interesante de que nos lo explique alguien con mas conocimiento en el tema es hasta donde puede llegar la jurisdicción de un determinado ámbito, ya que no es absoluta.
    Caso: la UBA puede ser nacional, al igual que el hipódromo, pero las habilitaciones de rubro y uso de suelo son atributos municipales, por lo tanto, ni la UBA ni el hipódromo podrían funcionar sin cumplir con los requisitos establecidos por el Gobierno de la Ciudad de Bs. As.
    ¿Se puede decir entonces también que en un ambiente nacional no se puede violar los códigos, aunque sean de coducta, que fija el municipio?
    A mi también me queda la duda.

    • m47larta el 31 de mayo de 2012 a las 20:50

    ❗ me deja triste que hay mucho pelotudos que fuman mi mama perdon mama pero vos fumas y noooo me gusta

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